Esto no solo es preocupante, es alarmante. Este tipo de publicaciones demuestra que urge repasar a fondo la ética profesional en el ejercicio del Derecho en Ecuador.
Un estudiante de Derecho aún no está legalmente autorizado para ejercer la profesión. No puede ofrecer servicios jurídicos, ni gestionar trámites judiciales, ni captar clientes como si ya fuera abogado.
Y peor aún, un abogado que acepta ese acuerdo, rompe principios fundamentales del Código de Ética Profesional del Abogado en Ecuador, entre ellos:
1. Art. 8 – Dignidad y responsabilidad personal del abogado.
2. Art. 10 – Prohibición de prestar el nombre o firma para casos que no dirija ni supervise.
3. Art. 32 – Prohibición de facilitar el ejercicio ilegal de la profesión.
Esto no es un simple “acuerdo económico”. Es una falta profesional grave, y pone en riesgo la seguridad jurídica de los ciudadanos, porque se está promoviendo el ejercicio informal, sin formación adecuada, ni responsabilidad legal.
Y lo más grave: algunos colegas incluso aplauden este tipo de publicaciones, olvidando que nuestra profesión no se basa en porcentajes ni en “firmas prestadas”, sino en compromiso, formación, ética y responsabilidad.
Recomiendo leer el libro: “Ética Profesional del Abogado” de Álvaro Pérez Varela. Lectura obligatoria no solo para estudiantes, sino también para quienes han olvidado lo esencial de nuestra función.
Y no lo olvidemos:
SOMOS ADMINISTRADORES DE JUSTICIA. ¿Sabes lo que eso significa?
Significa que somos parte activa del sistema judicial, que nuestras actuaciones impactan directamente en los derechos, la libertad, el patrimonio y la vida de las personas. Ser abogado no es solo una profesión, es una función social con responsabilidad ética y jurídica, respaldada por la Constitución, los códigos procesales y el principio de legalidad.
Nuestra firma no es un negocio, e
s un acto de fe pública. No se alquila, se honra.
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