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lunes, 14 de abril de 2025

¿Cómo se elabora un dictamen jurídico y en qué se diferencia de una consulta escrita?

 ¿Cómo se elabora un dictamen jurídico y en qué se diferencia de una consulta escrita?


En el ejercicio profesional del Derecho, brindar una respuesta jurídica adecuada no siempre implica emitir una simple opinión. A menudo, se requiere de un análisis técnico, una visión estructurada y un criterio jurídico riguroso. De allí la importancia de entender qué es un dictamen jurídico, cómo debe elaborarse correctamente y cuál es su diferencia con una consulta escrita.



¿Qué es un dictamen jurídico?


El dictamen jurídico es un documento técnico elaborado por un abogado, mediante el cual se analiza detalladamente una situación jurídica concreta. Este análisis se realiza con base en el estudio del marco normativo aplicable, la doctrina, la jurisprudencia vigente y los hechos comprobados del caso.



No se trata de una opinión personal, sino de un estudio profesional y fundamentado, que permite al cliente —o incluso a otros abogados— contar con una guía clara y respaldada legalmente para actuar frente a una situación específica.


De hecho, los dictámenes jurídicos no solo son solicitados por clientes particulares; en muchos casos, también los requieren colegas del gremio que desean contar con una segunda opinión técnica o contrastar criterios jurídicos frente a un caso complejo. En tal sentido, el dictamen se convierte en una herramienta de orientación útil para definir estrategias legales, tanto en sede administrativa como judicial.


¿Cómo se elabora un dictamen jurídico?


La elaboración de un dictamen jurídico implica las siguientes etapas esenciales:


1. Exposición del caso: Se describe con precisión la situación que motiva el análisis, detallando los hechos relevantes y los documentos aportados por el cliente.



2. Determinación del marco normativo: Se identifican las leyes, reglamentos, principios y normas jurídicas aplicables a la situación expuesta.



3. Análisis jurídico: Es la parte medular del dictamen. En esta etapa se realiza la interpretación de las normas, se examinan precedentes jurisprudenciales y doctrinales, y se exploran posibles vías de acción o escenarios legales.



4. Conclusión y recomendaciones: Se presenta una opinión jurídica fundamentada, acompañada de recomendaciones concretas sobre cómo proceder, qué acciones tomar o qué decisiones adoptar.



5. Utilidad profesional: El dictamen puede ser utilizado no solo por el cliente que lo solicita, sino por cualquier abogado que requiera orientación en la materia. Por ello, suele tener un valor superior al de una consulta, tanto en su contenido como en su alcance.



¿Qué es una consulta jurídica escrita?


La consulta escrita, por su parte, es una respuesta puntual a una interrogante jurídica específica. Aunque se apoya también en el marco normativo vigente, no implica un estudio profundo ni contempla un análisis de múltiples escenarios.


Su utilidad está dirigida a resolver inquietudes concretas, aclarar dudas normativas, explicar procedimientos específicos o interpretar una disposición legal determinada. Es más breve, más directa y tiene un carácter más inmediato.



¿Cuáles son las diferencias entre dictamen jurídico y consulta escrita?


Profundidad: El dictamen jurídico implica un estudio detallado y técnico; la consulta escrita es más sencilla y puntual.


Finalidad: El dictamen orienta acciones concretas y puede respaldar decisiones judiciales o administrativas; la consulta aclara dudas.


Receptor: El dictamen puede ser solicitado tanto por clientes como por otros abogados; la consulta generalmente la realiza el cliente.


Costo: Por su complejidad y nivel de análisis, el dictamen jurídico tiene un valor económico superior al de una consulta.



¿Por qué es importante elaborar un dictamen jurídico?


Porque representa una herramienta valiosa para la toma de decisiones legales. Permite actuar con respaldo normativo, minimizar riesgos, evitar errores costosos y fortalecer la estrategia jurídica.


Además, al estar estructurado, citado y razonado, ofrece mayor seguridad jurídica al cliente y otorga al abogado un soporte técnico sólido para fundamentar cualquier acción legal posterior.



Caso.tomado de.facebook  como ejemplo. Redactemos un Dictamen Jurídico


Cliente: [Nombre del consultante]

Fecha: [Fecha del dictamen]

Materia: Regularización de titularidad de inmueble – Vivienda rural (INAVI/INREVI) – Bienhechurías – Unión Estable de Hecho

Jurisdicción: Estado Portuguesa, Venezuela


I. ANTECEDENTES DE HECHO


El ciudadano consultante expone que:


1. Posee una vivienda ubicada en el Estado Portuguesa, en zona rural, originalmente bajo el programa habitacional del INAVI/INREVI, construida sobre un terreno municipal.



2. La vivienda fue construida en 2013 sobre bienhechurías adquiridas en conjunto con su expareja en el año 1999, mediante título supletorio de compraventa.



3. El terreno fue adjudicado por la municipalidad en el año 2008 únicamente a su expareja, a los fines de tramitar un crédito de ampliación.



4. Desde entonces, no se ha regularizado la titularidad formal del inmueble, estando actualmente en proceso.



5. En octubre de 2024, el consultante solicitó la ficha catastral como paso previo para culminar el trámite de titularidad, pero la Cámara Municipal declaró improcedente dicha solicitud, alegando que la adjudicación original figura a nombre exclusivo de su expareja.



6. Aporta que existió una unión estable de hecho de 27 años, debidamente reconocida mediante sentencia declarativa del Tribunal competente.



7. Actualmente, el consultante reside en el inmueble junto a su hija y su nieto, y su expareja no habita el mismo. Sin embargo, ella ha manifestado su intención de considerarse única propietaria del bien.



II. PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER


¿Tiene el consultante derecho legítimo a regularizar la titularidad del inmueble y a solicitar la ficha catastral, pese a que la adjudicación del terreno fue emitida a nombre de su expareja?


III. ANÁLISIS JURÍDICO


1. Régimen legal aplicable:


Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV)


Ley Orgánica de Registro Civil


Ley de Tierras Urbanas


Ley de Tierras y Desarrollo Agrario


Código Civil (artículos sobre comunidad de bienes, derechos sobre mejoras y bienes comunes en unión estable de hecho)


Jurisprudencia del TSJ sobre efectos patrimoniales de la unión estable de hecho


Ordenanzas municipales sobre adjudicación de terrenos y ficha catastral



2. Sobre la unión estable de hecho:


La existencia de una unión estable de hecho debidamente declarada judicialmente genera efectos patrimoniales equivalentes al matrimonio, conforme al artículo 77 de la CRBV. Por tanto, todos los bienes adquiridos durante la convivencia, incluyendo mejoras y bienhechurías, se presumen comunes, salvo prueba en contrario.


3. Sobre la adjudicación del terreno a un solo conviviente:


El hecho de que la adjudicación del terreno haya sido otorgada solo a la ex pareja no anula ni excluye el derecho del otro conviviente sobre el bien edificado de forma conjunta y habitado por él. La jurisprudencia venezolana ha sido constante en reconocer los derechos de copropiedad aun cuando el título formal esté a nombre de uno solo, si existen pruebas de que fue una adquisición conjunta en el marco de la convivencia.


4. Sobre la ficha catastral:


El requisito de ficha catastral es un trámite administrativo que no puede desconocer derechos previamente declarados por vía judicial, como lo es la sentencia que reconoce la unión estable. En este caso, hay elementos suficientes para exigir la inclusión del nombre del consultante en dicho trámite, o al menos, el reconocimiento de su legitimidad para solicitarlo en función de sus derechos declarados.


5. Sobre las posibles acciones:


El consultante puede:


Solicitar revisión de la negativa administrativa de la Cámara Municipal, alegando violación de derechos patrimoniales reconocidos judicialmente.


Introducir acción contencioso-administrativa por denegación de trámite o protección de derechos de posesión y titularidad compartida.


Solicitar regularización del título de propiedad a nombre de ambos convivientes, en virtud de la unión estable y la copropiedad del bien.


Considerar una acción de partición de bienes comunes si la ex pareja persiste en negar los derechos compartidos.


IV. CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN


Se concluye que el consultante sí posee legitimidad jurídica para solicitar la ficha catastral y regularizar la titularidad del inmueble, dado que:


Existe un derecho patrimonial derivado de una unión estable de hecho reconocida judicialmente.


La adjudicación individual no elimina la existencia de copropiedad sobre el bien.


Las autoridades municipales no pueden desconocer efectos declarados por sentencia firme.



Se recomienda iniciar una revisión administrativa, y en caso de negativa reiterada, acudir a la vía contencioso-administrativa para resguardar sus derechos de copropiedad y posesión legítima.


Honorarios causados:

Por la elaboración de este dictamen jurídico se han causado honorarios profesionales conforme al valor y complejidad del caso, siendo su monto base el equivalente a $XX,XX, calculado de acuerdo con los parámetros del Baremo del Colegio de Abogados, por horas hombres utilizadas. .








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