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sábado, 15 de marzo de 2025

VIOLENCA PSICOLOGICA Y DERECHO DEL NIÑO CON INCAPACIDAD. CASO REAL DE DERECHOS VULNERADOS



 Introducción:

Hoy comparto con ustedes un caso de la vida real que refleja una triste pero común realidad: la vulneración de los derechos de una mujer víctima de violencia psicológica y su hijo, un menor con una condición especial, quienes enfrentaron situaciones que no solo atentan contra su dignidad, sino que también representan un llamado urgente a la justicia y a la protección de los más vulnerables.

 Consulta recibida:


 "Buenas,  me ayudarían con este caso por favor. 


Tengo 5 años viviendo  con mi pareja, tenemos un niño de 4 años autista, el compró  la casa estando conmigo ya de 2 años viviendo alquilados.  Hemos tenido  muchos problemas  hasta de separarnos, por lo que el me dice que yo soy la que tiene que salir de la casa ya que la misma la compró  él.  Obviamente  yo no tengo a donde ir, no trabajo (  soy yo quien acude a terapias, consultas y todo lo referente  a mi niño autista, o sea toda la atención que ellos necesitan  la doy yo).  Por lo mismo no trabajo. 

 

Vivimos en la misma casa, pero el es muy celoso  y me acosa, me trata mal cuando  quiere, yo siempre estoy haciendo  lo que  el dice y como el dice, para evitar discusiones  xq pienso en mi bebé y mi hijo adolescente  también que   tengo.   


El acoso psicológico  hacia mi es fatal, vivo con miedo.   Y eso afecta  a mi bebé  también.


Mi pregunta es:  debo salir yo de casa  sin tener a donde ir, ni poder atrabajar ( por los momentos)   o habrá  alguna ley que me ampare a mi bebé y lo puedan sacar  a él  de la cada?  Puede vender  la casa y darme para yo comprar  asi sea un rancho  para mi hijo. ?, 



DICTAMEN JURIDICO


Estimada, su situación no solo merece atención jurídica, sino también una acción inmediata de protección integral. Usted y su hijo no están desamparados legalmente, todo lo contrario: hay mecanismos establecidos en el ordenamiento jurídico venezolano que la amparan a usted como mujer y como madre, y especialmente protegen a su hijo por su condición de salud.


1. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


Usted puede y debe acudir ante el Tribunal de Violencia contra la Mujer o al Ministerio Público, y solicitar medidas de protección inmediatas, tales como:


Orden de alejamiento del agresor del hogar común, aún cuando la vivienda esté a su nombre.


Prohibición de acercamiento, hostigamiento o intimidación directa o indirecta.


Medidas para preservar su integridad emocional y la del niño.



Esta ley reconoce como violencia no solo la física, sino también la violencia psicológica, emocional y patrimonial, todas presentes en su caso.


2. Derechos por Unión Estable de Hecho


Aunque no estén legalmente casados, usted sí tiene derechos patrimoniales porque convivieron como pareja de manera estable, notoria y bajo el mismo techo. Esa unión estable de hecho genera efectos legales similares al matrimonio, y usted podría iniciar un procedimiento judicial para su reconocimiento y reclamar derechos sobre el patrimonio adquirido durante esa convivencia.


Aunque la vivienda esté registrada a nombre de él, puede solicitar ante un tribunal la protección del derecho al uso de la vivienda familiar, sobre todo si está dedicada al cuidado del hogar y del niño con necesidades especiales.


3. Prohibición de enajenar y gravar


También puede solicitar al tribunal una medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble, para que él no pueda vender, transferir o hipotecar la casa mientras se resuelve la situación familiar y patrimonial. Esto es legal y procedente en procesos de protección o conflictos patrimoniales en uniones de hecho.


4. Derechos del Niño en Condición del Espectro Autista – LOPNNA


Su hijo tiene protección reforzada bajo la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA). Usted puede acudir al Consejo de Protección del Niño y Adolescente, y denunciar que el ambiente actual está afectando el desarrollo emocional del niño.


Esto puede fortalecer aún más su solicitud para permanecer en el hogar y obtener apoyo institucional.


5. Pensión alimentaria para el hijo y para usted


Usted puede solicitar:


Pensión alimentaria para el hijo menor.


Pensión compensatoria o de asistencia para usted, por su dedicación exclusiva al hogar y al cuidado del niño con discapacidad.



Estas solicitudes se hacen a través de los tribunales de protección o ante el Ministerio Público.



En conclusión: usted no tiene por qué salir del hogar, ni tiene que resignarse a vivir bajo violencia o maltrato. La ley la ampara, y hay recursos legales y judiciales para proteger su integridad, garantizar la vivienda y asegurar el bienestar de su hijo.


Quedo a su entera disposición para orientarla paso a paso y ayudarle a hacer valer sus derechos.


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